Ayuntamiento de MOTRIL
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Reglamentos


Consulta Pública Previa a la Elaboración del Reglamento de Funcionamiento del Albergue Municipal de Animales.

Participación de los ciudadanos.

En este sentido, el artículo 133.1 de la LPACAP dispone que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la futura norma acerca de:

  1. a)      Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  2. b)      La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  3. c)      Los objetivos de la norma.
  4. d)      Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se trata de recabar la opinión, antes de redactar el primer texto de la norma, de todos aquellas personas y organizaciones que se puedan sentir afectados en evitación de caer en rigideces derivadas de un primer texto base, quedando por tanto su elaboración abierta a las propuestas que hagan y dándoles una mayor participación y protagonismo en la elaboración de la norma.

En el documento de Consulta Previa a la Elaboración de este Reglamento y que puede obtener en el siguiente enlace, se encuentran detalladas algunas cuestiones que hemos creído conveniente resaltar en relación a los temas antes citados, quedando abiertos a recibir cualquier otra sugerencia que la ciudadanía crea oportuna cumplimiento de lo previsto en el art. 133.1 de la LPACAP, con carácter previo a la elaboración de la misma, se ha abierto el trámite de consulta pública para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la futura norma.

El Ayuntamiento promueve, a partir de ahora y HASTA EL DÍA 30 DE JUNIO de 2021 este trámite de CONSULTA PÚBLICA sobre el futuro Reglamento de Funcionamiento del Albergue Municipal de Animales.

Las personas, entidades y organizaciones interesadas podrán hacer llegar sus opiniones, sugerencias e ideas a través de la Sede Electrónica “sede.motril.es” (Trámite de Solicitud Genérica).

Incoacción del Expediente


Consulta Pública Previa a la Elaboración de un nuevo Reglamento de la Agrupación Local del Voluntariado de Protección Civil de Motril

El Ayuntamiento de Motril ha iniciado los trabajos preparatorios para la aprobación de un nuevo REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL DEL VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MOTRIL

Participación de los ciudadanos.

En este sentido, el artículo 133.1 de la LPACAP dispone que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se trata de recabar la opinión, antes de redactar el primer texto de la norma, de todos aquellas personas y organizaciones que se puedan sentir afectados en evitación de caer en rigideces derivadas de un primer texto base, quedando por tanto su elaboración abierta a las propuestas que hagan y dándoles una mayor participación y protagonismo en la elaboración de la norma.

En el documento de Consulta Previa a la Elaboración de este Reglamento y que puede obtener en el enlace que figura más abajo, se encuentran detalladas algunas cuestiones que hemos creído conveniente resaltar en relación a los temas antes citados, quedando abiertos a recibir cualquier otra sugerencia que la ciudadanía crea oportuna en cumplimiento de lo previsto en el art. 133.1 de la LPACAP, con carácter previo a la elaboración del mismo, se ha abierto el trámite de consulta pública para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la futura norma.

El Ayuntamiento promueve, a partir de ahora y HASTA EL DÍA 12 DE MAYO de 2021 este trámite de CONSULTA PÚBLICA sobre el futuro NUEVO REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN LOCAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MOTRIL

Las personas, entidades y organizaciones interesadas podrán hacer llegar sus opiniones, sugerencias e ideas a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Motril



Reglamento Interno de los Centros de Servicios Sociales

ESTEFANÍA CONTRERAS SALMERÓN, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE
MOTRIL.


CERTIFICO: Que el Pleno de la Corporación, en su sesión del día 24 de febrero de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

15. Bienestar Social.

Numero: 693/2023.
REGLAMENTO INTERNO DE LOS CENTROS MUNICPALES DE SERVICIOS
SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE MOTRIL.

Se da cuenta de la siguiente propuesta que suscribe Dª. Inmaculada Torres Alaminos, Teniente de Alcalde delegada de Acción Social, Inmigración, Igualdad y Participación Ciudadana, cuyo texto dice:

“Visto el informe emitido por el Director de Servicios Sociales, de fecha 19 de enero 2023, en el que se justifica la necesidad de elaborar un reglamento para los Centros Municipales de Servicios Sociales adaptado a la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
Visto el informe emitido por la Secretaria General del Ayuntamiento de Motril al respecto.
Visto el informe emitido por el Director de Servicios Sociales, de fecha de 8 de febrero de 2023, en el que se justifica la innecesaridad de realizar consulta pública del Reglamento, en los términos del art. 133.4 de la LPACAP, y se hace constar en el Preámbulo los principios de buena regulación contemplados en el art. 129 de la LPACAP.

Por todo ello, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de ACUERDO:

PRIMERO. - La aprobación inicial del Reglamento Interno para los Centros Municipales de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Motril, cuyo texto se recoge a continuación.

SEGUNDO. - Someter este acuerdo a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincial y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. Transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación y/o sugerencia alguna, se entenderá definitivamente adoptado el referido acuerdo.