Ayuntamiento de MOTRIL
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Viviendas y comunidades de Motril pueden optar a las ayudas para mejora impulsadas por la Junta de Andalucía

22/01/2021

Viviendas y comunidades de Motril pueden optar a las ayudas para mejora impulsadas por la Junta de Andalucía

El Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Motril informa que las subvenciones, cuyo plazo termina el 2 de marzo, benefician principalmente a las personas mayores, tanto en lo referente rehabilitación como adaptación y eficiencia energética.

El Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Motril ha transmitido a los ciudadanos la importante línea de ayudas, destinadas a la mejora de las viviendas, puesta en marcha por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, y cuyo plazo de solicitud concluye el próximo día 2 de marzo.


En concreto, se trata de dos tipos de subvenciones destinadas a la Adecuación Funcional Básica de Viviendas para personas mayores de 65 años o personas con discapacidad. (Adecuación Cuartos de baño, Colocación de pasamanos, Adaptación de gas, Adecuación de ancho de puertas, alumbrado) y, por otro lado, la relativa a la Rehabilitación de Viviendas (Obras de conservación, accesibilidad y mejora de la eficiencia energética) que tiene como destinatarios a las comunidades de propietarios.

En el primero de los casos, podrán ser objeto de financiación con cargo a este programa, el coste de las obras de adecuación funcional básica de la vivienda donde resida la persona solicitante y, en su caso, la asistencia técnica que fuese preceptiva, cuando las mismas no se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y contemplen alguna de las siguientes actuaciones: Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación; instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante; mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante; adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas. De la misma forma, en los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitante; colocación de pasamanos en pasillos, etc.

Comunidades

En cuanto a la segunda de las subvenciones, para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, tiene por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética. Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las comunidades de propietarios.

Se consideran subvencionables las actuaciones de conservación que se acometan para subsanar deficiencias relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones, así como la adaptación de estas últimas a la normativa vigente,  cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de retirada de materiales con amianto. Igualmente, la instalación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial o intelectual, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente y  un largo etcétera.

Destacan, así mismo, las actuaciones que se acometan para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad., como la mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración, la instalación de nuevos sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio. La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, del edificio o de la parcela. También la mejora de las instalaciones de suministro e instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua, así como la implantación de redes de saneamiento separativas en el edificio y de otros sistemas que favorezcan la reutilización de las aguas grises y pluviales en el propio edificio o en la parcela o que reduzcan el volumen de vertido al sistema público de alcantarillado y otras muchas más recogidas en las bases de la convocatoria.

Los interesados pueden obtener información detallada y precisa de estas subvenciones en la web de la Junta de Andalucía (Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio).