Una asociación es un grupo de personas que buscan junt@s la solución a unos problemas, sin ánimo de lucro e independientes del estado, los partidos políticos y las empresas.
Las asociaciones permiten a los individuos reconocerse en sus convicciones, perseguir activamente sus ideales, cumplir tareas útiles, encontrar su puesto en la sociedad, hacerse oír, ejercer alguna influencia y provocar cambios.
1. PASO: REUNIRSE
Las personas que deseen constituir la asociación y ponerse de acuerdo en:
Por qué quieren constituir la asociación
Qué es lo que quieren conseguir
Qué tipos de actividades desean realizar para conseguir sus fines
Qué tiempo pueden dedicar a la asociación
Qué desembolsos económicos están dispuestos a realizar
2. ELABORAR LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
Contenido mínimo: Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo reguladora del Derecho de Asociación
Denominación, ámbito de actuacion y domicilio social
Duración, que puede ser indefinida
Fines y actividades precisas
Asociad@s: Tipo, Admisión, baja y efecto de impagos. Derechos y Deberes
Órganos de gobierno y representación
Régimen de Administración, documentación y contabilidad y fecha de cierre del ejercicio económico
Patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se pueda hacer uso
Documentación relativa por cada uno de los soci@s fundadores:
- Si es una persona física: D.N.I.
- Si es una persona jurídica: C.I.F.
- Si es un ciudadan@ extranjer@: tarjeta de residencia
- Si es un menor no emancipado mayor de 14 años; documento con el consentimiento para la realización de este acto por la persona que deban suplir su capacidad
DIRECCIONES DE INTERÉS
Registro Nacional de Asociaciones
Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior
C/ Amador de los Ríos, Nº 7
28010 Madrid
Teléfono de Información: 900.150.000 FAX: 91/537.25.08