Ayuntamiento de MOTRIL
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TRAFICO Y TRANSPORTES (Movilidad)

Tráfico y Transportes (Movilidad)
TRÁFICO Y TRANSPORTES (Movilidad)
DIRECCIÓN

C/ San Rafael, 2
18600 - Motril (Granada)

E-MAIL

traficoytransportes@motril.es

TELÉFONO

958 83 84 27

958 83 84 25

958 83 84 17

Trabajos en beneficio a la comunidad

Trabajos en beneficio de la comunidad

¿En qué consisten los trabajos en beneficio a la comunidad?

A los efectos que nos ocupan, se consideran trabajos en beneficio a la comunidad la prestación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo y resocializador, tendente a servir de reparación a la comunidad perjudicada por el ilícito administrativo cometido.

Los trabajos en beneficio a la comunidad sólo serán aplicables con relación a aquellas personas que hayan sido objeto de sanción administrativa pecuniaria por infracción de las ordenanzas municipales de limpieza pública, protección ambiental, ruidos, tráfico y seguridad vial, convivencia ciudadana y aquellas otras que sean análogas, y en general cualquier ordenanza municipal de policía y buen gobierno.

Ante el problema familiar, social y económico que puede originar el pago en metálico de las sanciones administrativas consecuencia de la comisión de infracciones administrativas en nuestro Municipio, en el ámbito de las competencias que este Ayuntamiento tiene atribuidas resolvió, con fecha 29 de abril de 2005, la aprobación de su Ordenanza conocida como de Trabajos en Beneficio a la Comunidad. Con ella se pretende la ejecución alternativa de las sanciones económicas a través del trabajo en beneficio a la comunidad vecinal con una finalidad educativa y resocializadora.

El procedimiento para acogerse a la realización de trabajos en beneficio a la comunidad es el siguiente:

1. Antes de que termine el plazo de 15 días hábiles a contar desde la fecha de notificación de la resolución que ponga fin al expediente sancionador en vía administrativa, la persona podrá elevar instancia al Sr./Sra. Alcalde/sa donde manifestará su consentimiento y voluntad de que le sea aplicada como sanción alternativa el realizar trabajo en beneficio a la comunidad.
2. Una vez registraba la instancia por el solicitante esta se remitirá la Unidad de Tráfico y Transportes, Movilidad, servicio competente para tramitar el expediente, que realizará la oportuna propuesta para su resolución por el concejal delegado.
3. El servicio municipal competente, le comunicará la resolución de su solicitud, así como el lugar al que será asignado, la actividad a realizar, la duración y la persona responsable de su control y seguimiento.
4. Al finalizar su trabajo o bien si no lo hiciera por cualquier circunstancia el encargado de su seguimiento informará sobre su realización. Si la persona hubiere cumplido su trabajo en beneficio a la comunidad conforme a la ordenado se le notificará la condonación de su sanción pecuniaria. Si no hubiese ejecutado los trabajos, se resolverá la continuación del procedimiento de ejecución de su sanción vía ejecutiva.

TRÁMITE ONLINE: CON EL FIN DE EVITARLE MOLESTIAS Y DESPLAZAMIENTOS, PODRÁ PRESENTAR SUS ESCRITOS A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE MOTRIL [ https://sede.motril.es ], catálogo de trámites, solicitud genérica, para lo que habrá de disponer del correspondiente certificado digital (más ayuda https://sede.motril.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS_AYUDA)